De conformidad con el art. 55 de la L.O.S.C., las siguientes actuaciones que se realizan ante la Sección Consular de esta Embajada no generan derechos consulares:
• Actos relativos al régimen de menores (autorizaciones de viajes)
• Registro consular
• Actos relativos con la Ley del Trabajo y Servicio Social
• Inserción de partidas de nacimiento y de defunción
• Actos relativos al régimen matrimonial
• Inscripción de ciudadanos venezolanos en el Registro Electoral
• Actos relativos a la Ley de impuesto sobre la Renta y otras Leyes Fiscales de Venezuela
• Actuaciones previstas en la ley de conscripción y alistamiento militar
• Certificados de Fe de Vida
• Constancia de registro consular para estudiantes, jubilados y/o pensionados (CADIVI)
• Traducción de licencia de conducir venezolana
• Solicitar Carta de Buena Conducta
• Expedición de pasaportes ordinarios venezolanos (exonerados menores - Art. 9)
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