El Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de las Representaciones Diplomáticas y Consulares tiene entre sus funciones, llevar a cabo el proceso de conscripción de los ciudadanos venezolanos que se encuentran residenciados en el exterior, de conformidad con lo estipulado en el artículo 59 del Reglamento de Ley de Conscripción y Alistamiento Militar.
Todo ciudadano venezolano por nacimiento residente en el exterior, debe inscribirse en el registro militar dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha en que haya cumplido los dieciocho (18) años de edad y, los venezolanos por naturalización deberán registrarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de su naturalización, siempre que su edad este comprendida entre los 18 y 50 años de edad.
En este sentido, la Sección Consular de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Malasia, en su calidad de Junta de Circunscripción, es el responsable de la inscripción de los venezolanos residenciados en la Federación de Malasia y en el Reino de Tailandia. Es de resaltar, que aún y cuando el plazo de los 60 días haya transcurrido, se puede regularizar la situación y proceder a efectuar la inscripción en el registro militar.
Documentos que se deben presentar al momento de la inscripción
1. Copia de los documentos de identidad (pasaporte y cédula de identidad)
2. Copia de la partida de nacimiento
3. Cinco fotos tamaño carnét
4. Los venezolanos por naturalización deben presentar copia de la Gaceta Oficial donde se les confirió la nacionalidad
Solicitud de diferimiento
Si la persona interesada desea solicitar diferimiento de conformidad con lo estipulado en el artículo 84, cap, 6, sección 5ta. Del Reglamento de la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar, deberá presentar los siguientes documentos debidamente traducidos:
1. Constancia de estudios debidamente legalizada
2. Certificado de Matrimonio
3. Constancia de Trabajo
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