El poder puede ser especial o general
El poder especial puede ser aplicado en un negocio u acción específica. El poder general para todos los negocios del mandante, en este caso, no corresponde más que a casos de administración y disposición.
REQUISITOS PARA EL REGISTRO CONSULAR DEL PODER
- El poderdante deberá hacer llegar el texto del poder con antelación, al funcionario consular actuante, a fin de que sea transcrito según las formalidades exigidas para tal fin.
- Fotocopia de la cédula de identidad y/o pasaporte del poderdante
- El interesado deberá comunicarse con la Sección Consular de la Embajada, a fin de coordinar con el encargado de la misma la fecha y hora en que se llevara a cabo la firma del documento.
- Cancelar los derechos consulares generados por el registro de acuerdo a laos siguiente parámetros:
- Poder especial: Trescientos cincuenta Ringgits (RM 350, 00)
- Poder general : Un mil cincuenta Ringgits (RM 1.050,00)
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