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Procedimientos para el registro consular de poderes


            El poder puede ser especial o general

            El poder especial puede ser aplicado en un negocio u acción específica. El poder general para todos los negocios del mandante, en este caso, no corresponde más que a casos de administración y disposición.

REQUISITOS PARA EL REGISTRO CONSULAR DEL PODER

    • El poderdante deberá hacer llegar el texto del poder con antelación, al funcionario consular actuante, a fin de que sea transcrito según las formalidades exigidas para tal fin.
    • Fotocopia de la cédula de identidad y/o pasaporte del poderdante
    • El interesado deberá comunicarse con la Sección Consular de la Embajada, a fin de coordinar con el encargado de la misma la fecha y hora en que se llevara a cabo la firma del documento.
    • Cancelar los derechos consulares generados por el registro de acuerdo a laos siguiente parámetros:
    • Poder especial:  Trescientos cincuenta Ringgits   (RM 350, 00) 
    • Poder general :  Un mil cincuenta Ringgits           (RM 1.050,00)


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