La constancia de Registro consular para estudiante se encuentra regulada por la Providencia Nº 055 de CADIVI del 13 de julio de 2004, que puede ser consultada a través de la página electrónica de CADIVI: www.cadivi.gob.ve .
Requisitos para la emisión de la Constancia de Registro Consular
- Original de la constancia de estudio o actividad de formación, capacitación o intercambio académico a realizar, o carta de aceptación de la institución educativa, LEGALIZADA (por las autoridades competentes en el Ministerio de Relaciones Exteriores del país en donde se encuentra ubicada la institución educativa) o con la Apostille según sea el caso.
- Copia de la cedula de identidad y del pasaporte, en el cual se indique el número y los datos de identificación del estudiante.
- Copia de la visa del estudiante, cuando corresponda.
- Copia de la carta de invitación de la institución patrocinante del evento académico, si fuere el caso.
- Copia del Acta o constancia de matrimonio o de concubinato, y documentos de identificación del cónyuge, concubino o concubina, según sea el caso, cuando corresponda. A quien también deberá emitírsele una constancia de registro consular.
- Imprimir y rellenar la planilla de registro remesa para estudiantes.
- Si el solicitante se encuentra residenciado en una zona lejana a la sede de la embajada, podrá hacer la solicitud de la constancia de registro consular a través de correo, para lo cual deberá enviar los recaudos antes mencionados, con un sobre prepagado para que sea devuelta la documentación a la dirección que indique el interesado.
NOTAS IMPORTANTES
- La emisión de la constancia de registro consular esta exenta del pago de derechos consulares.
- Las autorizaciones de adquisición de divisas emitidas por CADIVI para estudios de educación básica, media, pregrado, postgrado, especialización o maestría y doctorado, podrán ser obtenidas sólo hasta dos (2) meses después de iniciada la actividad académica.
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