|
|
Legalización y registro de matrimonio realizado en el exterior |
En las Embajadas y Consulados de la República Bolivariana de Venezuela no se celebran matrimonios, en virtud de no estar contemplado en el Código Civil vigente.
Para nuestra legislación, este tipo de Actos se rige por el Principio Jurídico de aplicar las Leyes del lugar, "Locus Regit Actum".
Para legalizar y registrar Actos de Matrimonio ante las autoridades venezolanas se debe presentar los siguientes recaudos :
1. Tres copias certificadas de la partida de matrimonio expedida por el registro civil (si desea obtener una copia legalizada por la autoridad Consular, se agradece anexar una cuarta copia y deposito de US $ 15.00 o RM 57.00 por concepto de Derecho Consular) y su traducción al inglés o español.
2. Copia del pasaporte de ambos cónyuges, en caso que alguno sea extranjero, y copia del documento de identidad.
3. Completar el Acta de Extracto de Matrimonio (click este enlace)
NOTA: La presente actuación no genera pago de Derecho Consular. Es GRATIS. La duración del proceso de tramitación es de tres (3) días hábiles, contados a partir del momento en que todos los documentos son consignados en la Sección Consular de la Embajada.
<< BACK
|
| |
|